ࡱ> TVSq` Z#bjbjqPqP 8D::.gJJJ^8\$^K'JJ@DDD&&&&&&&$)h=,&J"""&'QQQ8&Q&QQV$@2%> `)>j$ &,'0K' %x-_-%-J%DHQv2DDD&&jDDDK'^^^ b$^^^b^^^  Santiago, 01 de abril del ao 2008 PARA: Sr. Jos de Nordenflycht, Presidente ICOMOS Chile. DE: Colegio de Arquitectos de Chile A.G. Comit de Defensa de Valparaso (CDV). Ciudadanos por Valparaso (CPV). Asociacin de Agentes de Naves de Chile (ASONAVE A.G.). Federacin de Trabajadores Portuarios de Valparaso (FETRAPOVAL). Federacin de Trabajadores Portuarios y Afines de Valparaso (FTP). Confederacin Nacional de Gentes de Mar (CONGEMAR). Corporacin Parque Cultural Ex Crcel de Valparaso. Unin Comunal de Juntas de Vecinos de Valparaso. REF: Decreto Supremo 453/ MINEDUC 2008. MAT: En lo principal: Solicita entregar a UNESCO informacin que seala fin adopte medida que indica. Otros: acompaa documentos. Sr. Presidente de ICOMOS Chile Juan Enrique Mastrantonio Freitas, Presidente Nacional y del Consejo Regional del COLEGIO DE ARQUITECTOS DE CHILE A.G., respectivamente; Claudio Leiva Araos, Presidente y en representacin de la Organizacin Comunitaria Funcional COMIT DE DEFENSA DE VALPARASO (CDV); Chantal de Remetera Durand, Presidente y en representacin de la Organizacin Comunitaria Funcional, CIUDADANOS POR VALPARASO (CPV); Carlos Manterota Carlson, Presidente y en representacin de la ASOCIACIN DE AGENTES DE NAVES DE CHILE (ASONAVE A.G.); Osvaldo Campaa Cuello, Presidente y en representacin de la FEDERACIN DE TRABAJADORES PORTUARIOS Y AFINES DE VALPARASO (FTP); Juan Daz Eschima, Presidente y en representacin de la FEDERACIN DE SINDICATOS DE TRABAJADORES PORTUARIOS DE VALPARASO Y QUINTA REGIN NORTE (FETRAPOVAL); Jorge Moiss Bustos Bustos, Presidente y en representacin de la CONFEDERACIN NACIONAL DE GENTES DE MAR (CONGEMAR); Francisco Marn Castro, Presidente y en representacin de la CORPORACIN PARQUE CULTURAL EX CRCEL DE VALPARASO; domiciliados todos para estos efectos en la ciudad y comuna de Valparaso calle Almirante Seoret N 70, oficinas 21 y 22, Edificio Capitana, telfonos de contacto (32)2226040 y (32)2219511, al Sr. Presidente de ICOMOS Chile decimos: Concurrimos ante el Consejo Internacional de Monumentos y Lugares de Inters Artstico e Histrico (ICOMOS) a travs de su representacin en Chile, en cuanto organismo asesor de UNESCO expresamente establecido en la Convencin sobre Patrimonio Mundial Cultural y Natural, en razn de los fundamentos que pasamos a exponer. Hemos tomado conocimiento que el Estado de Chile, por intermedio del Ministerio de Educacin, ha elevado solicitud a la UNESCO en cuyo mrito se justificara la eventual destruccin de tres de los cuatro Almacenes Fiscales de la Armada de Chile en Valparaso por su pretendido adquirente Empresa Portuaria Valparaso, mediante la exclusin de los mismos del DS 453/2008 MINEDUC. En mrito de lo anterior, y de la discordancia entre el pronunciamiento del Consejo de Monumentos Nacionales y el de la Ministro de Educacin sobre la materia, hemos recurrido ante el Contralor General de la Repblica fin declare ilegal el referido decreto. Estos antecedentes son de gran relevancia jurdica, y deben ser conocidos por UNESCO, que de acuerdo a las facultades y normas de la Convencin NO PUEDE pronunciarse sobre materias que son de exclusivo conocimiento y resolucin de los rganos internos del Estado parte, en la especie, Chile, razn por la que concurrimos ante el organismo que Ud. preside fin ponga esta relevante informacin en conocimiento del organismo internacional. Por su parte, de conformidad al art. 11 de la Convencin, una situacin como la descrita por los organismos del Estado ante UNESCO hace plenamente justificable la incorporacin de Valparaso a la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro, amenazado por grandes obras de infraestructura y proyectos pblicos y privados. A mayor abundamiento, la competencia de UNESCO en la materia dice relacin con la incorporacin o no a las listas del art. 11 al patrimonio de valor universal identificado por el propio Estado parte o por las investigaciones preliminares, con el objeto que el Estado pueda optar a la cooperacin internacional, lo que en la especie ha hecho y puede hacer tambin respecto de la infraestructura histrica portuaria que UNESCO solicitara expresamente inventariar y proteger, adems de desarrollar planes de manejo, lo que no slo el Estado parte ha omitido, sino que mediante el acto administrativo ilegal DS 453/2008 MINEDUC se coloca en situacin de abierta infraccin y desacato. Es ms, y esto es de obviedad, la calidad universal del patrimonio emana de s mismo, no es una concesin graciosa de la voluntad poltica, es decir, la universalidad patrimonial es autnoma, no heternoma, por eso la Convencin es cuidadosa y clara en la redaccin de su texto positivo, y otorga a la voluntad de los organismos nacionales e internacionales nicamente la funcin de identificar el bien de valor universal, no de concederle u otorgarle esta categora, pues tal emana de s mismo. Por lo mismo, para la Convencin el patrimonio es universal incluso cuando no haya sido identificado conforme art. 1 y 2, con mayor razn si lo ha sido. La Convencin tiene por finalidad la cooperacin de la comunidad internacional en la labor de identificacin y conservacin de estos bienes que interesan a la humanidad toda, funcin que corresponde en primer lugar y antes que nadie al propio Estado parte, segn lo dispone su art. 3. As las cosas, no advertimos como el Estado de Chile, y peor y tristemente a travs de su Ministro de Educacin -lo que es realmente vergonzoso-, concluye que UNESCO podra autorizar la eventual destruccin mediante su no conservacin de un patrimonio que por s mismo reviste el carcter de universal, y que an ms, ha sido identificado tanto por los organismos tcnicos nacionales como internacionales, en la especie, el Consejo de Monumentos Nacionales y las investigaciones preliminares de UNESCO. Finalmente, debemos precisar que se pretende involucrar a UNESCO en materias que no son de su competencia ni le han sido otorgadas por la Convencin, como lo son autorizar la eventual destruccin de un patrimonio mundial identificado, por razones de oportunidad y conveniencia, de organismos que en representacin del Estado pretenden por esta va encubrir graves deficiencias de gestin. POR TANTO: solicitamos al Sr. Presidente de ICOMOS Chile tener por interpuesta esta solicitud, y ponerla en conocimiento de ICOMOS PARIS, fin ste informe a UNESCO sobre la materia expuesta. Otros: solicitamos al Sr. Presidente de ICOMOS Chile tener por acompaado, en fundamento de esta solicitud, copia de peticin de ilegalidad del DS 453/2008 MINEDUC en actual conocimiento de la Contralora General de la Repblica.     PAGE  PAGE 5  PAGE  PARCERE SUBJECTIS ET DEBELLARE SUPERBOS  HYPERLINK "mailto:abogadoanafullerton@gmail.com" abogadoanafullerton@gmail.com mdarmazo@gmail.com Ana Eugenia Fullerton Castro Mauro Alessandro Darmazo Araujo DARFULL LTDA. ABOGADOS    %+/\]^_cd  I J ) * + 1 S U Z Ǹphth*CJOJQJaJ"h[rh*CJOJQJaJhujkCJOJQJaJh[rh*B*CJOJQJaJmH phsH 9jhLD*h7y6B*CJOJQJUaJmH phsH  ""##/#7#E#F#N#R#S#T#U#ƫƎpR;$;-hihi56>*CJOJQJaJmH sH -hih956>*CJOJQJaJmH sH ;hLD*hi6>*B*CJOJPJQJ^JaJmH phsH ;hLD*hf&6>*B*CJOJPJQJ^JaJmH phsH 8hLD*hi>*B*CJOJPJQJ^JaJmH phsH 5hLD*hf&B*CJOJPJQJ^JaJmH phsH 8hLD*hf&6B*CJOJPJQJ^JaJmH phsH 8hLD*hi6B*CJOJPJQJ^JaJmH phsH  "#/#E#U#V#W#X#Y#Z# $da$gd4gdf& U#V#W#X#Y#Z#Ͽhw'hw'5CJOJQJaJh7yh9$hihf&CJOJQJaJmH sH *hihi56CJOJQJaJmH sH 6&P 1h:pi. A!"#$%S DyK abogadoanafullerton@gmail.comyK Jmailto:abogadoanafullerton@gmail.com@@@ *B*phfZfiZD%+^_d K*+1TU@ u ]EF-.0134679:CDEPRS\]^/EUVWX[000000000000000000000000000000000000000@0I00@0I00@0I00@0I00@0@0@0@0@0@0@0@0@0@0@0@0@0@0@0@0I000000000 2( 2%+^_ K*+1TU@ -[ @0 @0 @0 @0 @0 @0 @0 @0 @0 @0 @0K0 0 Xܞ @0 @0 @0 @0@0@0K00K00K00K00K00K00@0 %0Z ; :"""U#Z#! 7""Z# Y#  %,X!!!X@  @ 0(  B S  ?(  \  3 "` "6\ nu!.?!/@!lA!1B!1C!.D!-E!1F! 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